ORDENA JUEZA ELIMINAR DEL DOF DECRETO QUE VALIDA REFORMA JUDICIAL

En ese contexto, abogados señalaron que la suspensión definitiva puede ser combatida mediante un recurso de revisión, cuya sentencia puede ser emitida por un tribunal colegiado y ello puede tomar meses.

La jueza Nancy Juárez Salas resolvió que las autoridades “fueron omisas en dar el debido cumplimiento a la suspensión provisional dictada en 12 de septiembre ya que no se abstuvieron de realizar la promulgación y publicación de la Declaratoria de Reforma Constitucional” relacionadas con el Poder Judicial Federal, “a pesar de que fueron debidamente notificadas el 13 de septiembre”.

Además, establece en su resolución dictada el martes que la Presidenta de la República y el DOF “fueron omisas en rendir el informe” de cumplimiento de la suspensión provisional.

Por ello determinó que “la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos y el Director del DOF dentro del lapso de 24 horas, deberán en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminar la publicación realizada en el DOF, el 15 de septiembre de 2024, del Decreto de Reforma Constitucional, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de reformas al Poder Judicial Federal, hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables el auto en que cause ejecutoria la sentencia que se emita en el juicio principal”.

La juzgadora apercibe “a las autoridades responsables que de no cumplir con el requerimiento formulado en esta resolución, se dará vista al Ministerio Público de la Federación”.

Con ello en caso de determinarse que existe responsabilidad en el delito de desacato a una suspensión al término del juicio de amparo, la ley establece que se “impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo o empleo público».


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